Fuente: Telegram de Jóvenes católicos tradicionales https://t.me/Juventutemtrad
Publicado originalmente en La Puerta Latina: https://laportelatine.org/formation/catechisme/savoir-se-confesser#
Publicado el 2 de abril de 2016 – en La Porte Latine
I – Confesión
a) Definición
La confesión es la acusación de los pecados hecha al sacerdote confesor para recibir la absolución.
b) Materia
Estamos obligados a confesar todos los pecados mortales aún no confesados o mal confesados, pero es bueno confesar también los pecados veniales.
Por tanto, debemos acusar todos los pecados mortales aún no perdonados por la confesión, sin excepción. Por otro lado, uno es libre de confesar los pecados veniales. Esta es, sin embargo, una costumbre loable.
Debemos acusar los pecados mortales en su totalidad, sin ocultar ninguno de ellos por una falsa vergüenza, declarando el tipo, el número y las circunstancias que añadirían una nueva malicia grave.
Ejemplo de circunstancias a acusar: alguien que ha robado un cáliz debe especificar (robo y sacrilegio).
En el examen de conciencia, también debemos buscar cuidadosamente el número de pecados mortales.
Quien no recuerde el número exacto de pecados mortales deberá indicar el número que le parezca más cercano a la verdad.
NB: El secreto de confesión
No debemos dejarnos vencer por la vergüenza que nos llevaría a ocultar algún pecado mortal, porque nos confesamos con Jesucristo en la persona del confesor que no puede revelar ningún pecado, ni siquiera a costa de su vida; y porque, de lo contrario, privados del perdón, quedaremos cubiertos de vergüenza ante todos, en el juicio universal.
c) Confesión sacrílega
Quien, por vergüenza u otro motivo injusto, oculta un pecado mortal, no está haciendo una buena confesión, sino que está cometiendo un sacrilegio.
El que sabe que no ha hecho una buena confesión debe repetir la mala confesión y acusarse del sacrilegio cometido.
La persona que, sin culpa propia, ha omitido u olvidado un pecado mortal, ha hecho una buena confesión, pero aún así está obligada a responsabilizarse de ello posteriormente.
II – Satisfacción
a) Definición
Proviene de satis facere (= hacer lo suficiente).
La satisfacción o penitencia sacramental es la buena obra impuesta por el confesor para castigar y corregir al pecador y expiar la pena temporal merecida por el pecado.
La penitencia sacramental debe hacerse lo antes posible, si el confesor no ha fijado un tiempo para ello.
III – ¿Cómo confesarse?
Para confesarse correctamente, es necesario:
- Arrepentimiento por los propios pecados (contrición), que incluye la resolución sincera de evitarlos en el futuro.
- La acusación de los pecados, al menos de los graves, a un sacerdote aprobado en lugar de Dios, de ahí la necesidad de un examen de conciencia.
- La voluntad de cumplir la penitencia impuesta por el sacerdote como reparación para que la absolución dada por él en nombre de Jesucristo sea válida.
Oración preparatoria:
Dios mío, te suplico, por intercesión de la Virgen María, que me concedas la gracia de conocer bien todos los pecados de los que soy culpable. Que entonces me acuse de ellos con sincero arrepentimiento por haberlos cometido y con la firme voluntad de evitarlos en el futuro, y así obtenga el perdón de tu infinita misericordia. Que así sea.
Examen de los mandamientos de Dios
1er Mandamiento: «Adorarás sólo a Dios y le amarás sobre todas las cosas…».
- Omisión de la oración (especialmente por la mañana y por la noche), de los sacramentos de la Penitencia y de la Eucaristía…
- Comuniones o confesiones sacrílegas… Falta de respeto a los sacramentos… Falta de ayuno antes de la comunión (durante al menos una hora)…
- Dudas voluntarias sobre la fe… Poner en peligro la fe leyendo medios impíos, con compañías peligrosas…
- Respeto humano (tener miedo de mostrarse como cristiano)… Falta de confianza en Dios o confianza presuntuosa en las propias fuerzas…
- Indiferencia hacia Dios… Falta de sumisión a la voluntad de Dios… Prácticas supersticiosas, espiritismo…
- Crítica de la religión… Pertenencia a movimientos incompatibles con la fe católica… Descuido de la formación cristiana…
2º Mandamiento: «No pronuncies el nombre de Dios sino con respeto…».
- Uso inútil del nombre de Dios… Blasfemias, imprecaciones, juramentos… Juramentos falsos o inútiles… Falta de respeto por las personas y las cosas consagradas a Dios… Deseos perjudiciales para uno mismo o para los demás… Incumplimiento de los votos hechos…
3er mandamiento: «Santificarás el día del Señor…».
- Omisión voluntaria o injustificada de asistencia a la misa dominical o a las fiestas de precepto… Retraso voluntario o disipación durante estas misas… Trabajo realizado u ordenado sin necesidad o permiso… Búsqueda de distracciones contrarias a la santificación del domingo…
4º Mandamiento: «Honra a tu padre y a tu madre…».
- Falta de amor, afecto, respeto, obediencia, asistencia a los padres en vida y oración por ellos tras su muerte… Dolor causado… Deseos de daño… Disputas de intereses en el seno de la familia… Falta de deferencia y sumisión a los superiores…
- Para los padres con respecto a sus hijos: negligencia en su educación cristiana o en su práctica religiosa, malos ejemplos dados, falta de supervisión, atención, disponibilidad, consejo o correcciones necesarias… Dureza, injusticia, severidad excesiva…
5º Mandamiento: «No matarás»…
- Asesinato, intento de suicidio, eutanasia… Abortos, esterilizaciones…
- Desear la muerte o la desgracia a otros… Venganza, golpes, heridas, daños a la salud, drogas, alcohol, mutilaciones… Insultos, desprecios, denuncias falsas, odio, violencia, negativa a perdonar, venganza… Indiferencia ante el dolor ajeno… Escándalos por mal ejemplo, consejo o aprobación silenciosa…
6º y 9º mandamientos: «No cometerás impureza…» y «No tendrás deseo impuro…».
- Pensamientos o deseos impuros provocados en uno mismo o en los demás… Conversaciones inmorales, canciones, lecturas, espectáculos (TV, Internet…) Coqueteos… Familiaridades culpables… Bailes lascivos… Tocamientos indecentes… Acciones contrarias a la castidad, solo o con otros: masturbación, relaciones carnales fuera del matrimonio, homosexualidad… Vestimenta o actitudes provocativas….
- Para los novios: Levedad, ternura excesivamente sensual… Relaciones antes del matrimonio… Cohabitación…
- Para los cónyuges: ataques culpables a la fecundidad del matrimonio, anticoncepción permanente o temporal… Limitación del uso del matrimonio a los días infértiles sin causa grave… Adulterio (pensamientos, deseos, acciones)… Relaciones amorosas… Divorcio… Nuevo matrimonio civil… Negación injusta del derecho del cónyuge…
7º y 10º mandamientos: «No robarás…» y «No desearás injustamente el bien ajeno…».
- Robo (¿qué? ¿cuánto? ¿circunstancias?), recepción de bienes robados, objetos encontrados o prestados y no devueltos…
- Daño injusto a la propiedad de un vecino… Fraude, maniobras desleales en el trabajo, los negocios, el comercio, los contratos… Sobornos… Cooperación en la injusticia… Bienes robados…
- Descuidar el pago de las deudas… Pagar salarios insuficientes… Explotar a los débiles… Dañar los bienes comunitarios… Querer robar o cometer injusticias… No reparar los daños causados… No restituir… Malgastar el dinero… Trabajo descuidado…
8º Mandamiento: “No mentirás…”.
- Mentiras con o sin perjuicio para otros… Calumnias o injurias, hechas o aprobadas… Falsos testimonios ante los tribunales… Acusaciones injustas…
- Juicios temerarios… Informes injustos y perjudiciales…
- Violación del secreto de la correspondencia, confidencial o profesional…
- Encubrimiento, hipocresía… Engaño… Promesas rotas… Negativa a rectificar la verdad…
Examen de los mandamientos de la Iglesia
- Guardarás santamente las fiestas de precepto (En Francia: Navidad, Ascensión, Asunción, Todos los Santos).
- Asistirás a misa los domingos y fiestas de precepto. Te confesarás al menos una vez al año.
- Recibirá la Sagrada Comunión todos los años durante la Pascua.
- Ayunarás en los días fijados por la Iglesia (Miércoles de Ceniza y Viernes Santo). No comerás carne en los días fijados por la Iglesia (es decir, los días de ayuno y los viernes de Cuaresma). Para los demás viernes del año, esta abstinencia puede ser sustituida por otra forma de penitencia (que entonces debe realizarse bajo pena de pecado).
Examen de los pecados capitales
- Soberbia: Amor propio. Obstinación. Susceptibilidad. Vanidad, coquetería. Actitud altiva y desdeñosa. Búsqueda de alabanzas y honores.
- Avaricia (ver 7º y 10º mandamientos de Dios): demasiado apegado al dinero. No dar limosna según las propias posibilidades. No haber pagado el denario por el culto.
- Lujuria: véanse el 6º y el 9º mandamientos de Dios.
- Envidia: Haber albergado pensamientos de celos por la felicidad, el bien o el éxito de los demás. Tratar de perjudicar a los demás mediante la envidia. Alegrarse del mal o entristecerse por el bien ajeno.
- Gula: Comer o beber en exceso. Embriaguez (pérdida de la razón).
- Ira (véase el 5º mandamiento de Dios): grosería. Mal genio. Arrebatos de mal genio.
- Pereza: Al levantarse. En el deber estatal o religioso. Pereza. Perder el tiempo en trivialidades. Indolencia.
Entrando en el confesionario:
Me arrodillo junto al sacerdote y comienzo así:
Bendígame, Padre, porque he pecado
Él responde bendiciéndome:
Que Dios esté en tu corazón y en tus labios para que puedas confesar todos tus pecados.
Entonces puedo recitar el comienzo del Confiteor, que terminaré después de la acusación (si hay mucha gente en la confesión, es preferible recitarlo completo antes de entrar en el confesionario):
Confieso a Dios Todopoderoso, a la bienaventurada siempre Virgen María, a San Miguel Arcángel, a San Juan Bautista, a los santos Apóstoles Pedro y Pablo, a todos los santos y a Usted, Padre, que he pecado mucho, con el pensamiento, palabra y obra. Es mi culpa, mi culpa, mi grandísima culpa.
Continúo:
No me he confesado desde…
y si no he hecho la penitencia que se me pidió en esa última confesión, se lo diré al sacerdote. Entonces hago mi acusación:
Padre, me acuso de…
Al final de la acusación de mis pecados, añado:
Me acuso de nuevo de todos los pecados que pueda haber olvidado, y de todos los de mi vida pasada. Pido perdón a Dios, y a usted, Padre, la penitencia y la absolución, si me considera digno.
Entonces termino el Confiteor:
Por mi culpa, por mi culpa, por mi gran culpa. Por eso ruego a la bienaventurada siempre Virgen María, a San Miguel Arcángel, a San Juan Bautista, a los santos Apóstoles Pedro y Pablo, a todos los santos y a Usted, Padre, que rueguen por mí a Dios nuestro Señor.
Después de escucharme, el sacerdote me da algunos consejos y me ayuda a tomar conciencia de la misericordia de Dios hacia mí. A menudo termina diciendo:
«Como penitencia…» o «En reparación…», y me dice una oración o una buena acción que debería hacer. Si lo que me pide es demasiado difícil o imposible para mí (una oración que no conozco), ¡tengo que decírselo enseguida!
Entonces vuelvo a lamentar mis pecados y recito mi acto de contrición:
Dios mío, siento un gran arrepentimiento de haberte ofendido, porque eres infinitamente bueno, infinitamente bondadoso, y el pecado te desagrada, propongo firmemente, con la ayuda de Tu santa gracia, no volver a ofenderte y hacer penitencia.
El sacerdote me da la absolución, haciendo la señal de la cruz con la mano; yo hago la señal de la cruz sobre mí mismo, para mostrar que acepto el perdón de Dios. El sacerdote me despide diciendo: “¡Vete en paz!”
Entonces cumplo la penitencia que el sacerdote me ha dado, ¡y vuelvo a mi vida como un niño bendecido y perdonado!
b) Explicación
Una vez perdonados los pecados por la absolución, se perdona la pena eterna merecida por el pecado mortal, pero si la contrición no es muy perfecta, suele quedar una pena temporal por expiar, en esta vida o en la otra.
La penitencia sacramental no suele bastar para librarnos de toda la pena temporal merecida por el pecado, y por eso es aconsejable suplirla con otras obras de penitencia y piedad, y con las indulgencias.
Las obras de penitencia y piedad son: ayunos, mortificaciones, actos de misericordia espiritual y corporal, oraciones y el uso piadoso de los sacramentales.
c) Sacramentales
Los sacramentales son objetos bendecidos o ceremonias sagradas, como el agua bendita y diversas bendiciones.
d) Indulgencias
Una indulgencia es una remisión de la pena temporal debida a los pecados, que la Iglesia concede bajo ciertas condiciones a quienes se encuentran en estado de gracia, aplicándoles los sobreabundantes méritos y satisfacciones de Jesucristo, la Santísima Virgen y los Santos.
Estos méritos y satisfacciones constituyen el tesoro de la Iglesia.
Hay dos clases de indulgencias: las indulgencias plenarias y las indulgencias parciales.
- Una indulgencia plenaria es aquella que remite todas las penas temporales debidas a los pecados.
- Una indulgencia parcial es aquella que remite sólo una parte de la pena temporal debida a los pecados.
Por indulgencia de cuarenta o cien días, de siete años, y similares, se entendía la remisión de la pena temporal equivalente a la que habría sido expiada por cuarenta, cien días o siete años de la penitencia antiguamente establecida por la Iglesia.
Para ganar indulgencias, hay que estar en estado de gracia y realizar exactamente las obras prescritas.
IV – Hacer una buena confesión
Para hacer una buena confesión, hay que hacer cinco cosas
- examen de conciencia;
- el dolor por los propios pecados
- la firme intención de no volver a cometerlos
- confesión;
- satisfacción o penitencia.
El examen de conciencia se hace recordando los pecados que, desde la última confesión bien hecha, se han cometido de pensamiento, palabra, obra u omisión, contra los mandamientos de Dios, los preceptos de la Iglesia y los deberes de su estado.
Es aconsejable utilizar una lista como las que se encuentran en los catecismos, misales o en el Libro Azul. Tras el examen, debe tomarse el tiempo necesario para arrepentirse de sus pecados. La confesión requiere, por tanto, unos minutos de preparación seria.
El regreso del hijo pródigo (1667/1670), Bartolomé Esteban Murillo (España, 1617 – 1682), óleo sobre lienzo
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